AFILIACION
Podrán pertenecer a la Asociación de Sordos de Madrid aquellas personas mayores de edad, con capacidad de obrar, y los menores con edad superior a 14 años, con el consentimiento de sus padres y/o tutores, y que tengan interés en el desarrollo de sus fines.
Existirán las siguientes clases de asociados:
a) SOCIOS DE NÚMERO: Tendrán esta condición las personas antes indicadas, las cuales habrán de ser personas sordas. Los menores no emancipados de más de 14 años deberán contar con el consentimiento documentalmente acreditado de las personas que deban suplir su capacidad. Podrán ostentar la cualidad de usuario con voz y sin voto los menores de edad.
b) SOCIOS COLABORADORES: Podrán solicitar su afiliación con este carácter las demás personas físicas y jurídicas siempre que deseen colaborar con la ASM en su ámbito de actuación, compartan sus fines y objetivos y realicen actividades relacionadas con los mismos.
c) SOCIOS DE HONOR. Aquellas personas físicas y jurídicas que se hayan distinguido específicamente por los servicios a favor de la asociación, o a favor de los fines y actividades de la misma, podrán ser distinguidos con esta cualidad de socio.
TASAS, CUOTAS Y DOCUMENTO DE AFILIACIÓN
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